INFORMACIÓN IMPORTANTE

"Rige la prohibición general de fumar para las empresas"

Julián A. de Diego Asesor Laboral de Empresas y Director del Posgrado de Recursos Humanos U.C.A.


Fue promulgada la Ley 26.687 (B.O.14-6-2011) que regula la promoción venta y consumo de tabaco a nivel nacional y que prohibe fumar dentro de locales cerrados a toda empresa que cuente con trabajadores en relación de dependencia, (Ver Labornet nro. 615, Ma. Solana de Diego, 14-6-2011). Si bien es necesaria la reglamentación, la norma está vigente desde el día 15 de junio de 2011, y establece con claridad en el artículo 23 que "Se prohibe fumar en: a) Lugares de trabajo cerrados protegidos por la ley 19.587 de Higiene y Seguridad del Trabajo; y en b) Lugares cerrados de acceso público; ...". El artículo 4to. de la ley define lugares en los incisos "h" e "i" a saber: h) Lugar cerrado de acceso público: Todo espacio destinado al acceso público, tanto del ámbito público como privado, cubierto por un techo y confinado por paredes, independientemente de que la estructura sea permanente o temporal; i) Lugar de trabajo cerrado: Toda área o sector cerrado dentro de un edificio o establecimiento, fijo o móvil, en donde se desempeñan o desarrollan actividades laborales;...".
La norma in fine agrega que: "Las personas no fumadoras tendrán el derecho de exigir al propietario, representante legal, gerente, administrador o responsable a cualquier título del respectivo local o establecimiento, conmine al infractor a cesar en su conducta". Si bien la técnica legislativa y los mismos textos son opinables, resulta claro que toda empresa que incluya trabajadores por cuenta ajena está alcanzada por una prohibición general de fumar, dirigida a todas las personas que se encuentran dentro del establecimiento cerrado. Resulta obvio que el impedimento está dirigido tanto a los subordinados como a los que dirigen, a los dependientes como a los empleadores mismos. Deben publicar además en lugares visibles el texto claro que informe la prohibición. En efecto, el artículo dispone: "En los lugares en que rija la prohibición de fumar, deberán colocarse carteles que indiquen dicha prohibición. La respectiva leyenda deberá estar escrita en forma legible y prominente, en letreros de un tamaño no inferior a treinta (30) centímetros de lado colocados en un lugar visible, en letras negras sobre fondo blanco, con las demás características que establezca la reglamentación". Para los empresarios es un deber de conducta que deben asumir y extenderlo e imponerlo a todo sujeto que ingrese, permanezca, transite u opere dentro de dicho establecimiento. Para la empresa, o para los responsables de los lugares de trabajo hay un régimen de sanciones que van desde multas de suma fija, multas graduables conforme a las infracciones a su gravedad y a la reincidencia, y hasta la clausura. En cualquier caso se establece en el artículo 34 que "Las sanciones que se establecen por la presente ley serán aplicadas, previo sumario que garantice el derecho de defensa, a través de las autoridades sanitarias o de comercio, nacionales o locales, cuando correspondiere, sin perjuicio de la competencia de otros organismos en la materia". El valor de las multas se fija curiosamente en el valor de una cantidad de atados de cigarrillos, según lo dispone el art. 32: a) Multa en moneda de curso legal, equivalente al valor al consumidor final de entre doscientos cincuenta (250) y un mil (1000) paquetes de veinte (20) cigarrillos de los de mayor precio comercializados en el país en caso de incumplimiento cuando se incumpliere lo normado en los Capítulos V y VI. En caso de reincidencia dicha multa podrá alcanzar un valor de hasta dos mil quinientos (2500) paquetes con las mismas características; b) Multa en pesos equivalente al valor de venta al consumidor final de diez mil (10.000) a cien mil (100.000) paquetes de veinte (20) cigarrillos del mayor valor comercializado en el país, en caso de violación de lo dispuesto en los Capítulos II, III y IV. En caso de reincidencia, la multa se puede elevar hasta el valor equivalente a un millón (1.000.000) de paquetes de los antes enunciados; ... El imperativo de conducta que se dirige a la empresa y a toda la comunidad sometida a la jurisdicción nacional, le atribuye la facultad delegada al empleador en función del principio de autoridad y de las potestades de organización y dirección, de imponer la prohibición a los trabajadores, y a los terceros que ingresen, permanezcan en forma temporaria o permanente al establecimiento, para que cumplan con la prohibición, que en rigor, es un deber de conducta dirigido a todos los habitantes con prescindencia de origen, edad, ciudadanía o condición personal. En materia laboral se impone primero una etapa de difusión y de comunicación general estableciendo los alcances y los límites de la ley, y las pautas que imponga la reglamentación que aún no se dictó. En general, en el pasado reciente, la jurisprudencia fue reticente aplicar el régimen disciplinario o el despido a quién fuma en un lugar prohibido, (Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala V, 14/04/2010, "Sepulveda, Alberto Hugo c. Compaer S.A.",
La Ley Online; Cita Online: AR/JUR/17064/2010). Si quién viola la prohibición es un trabajador, se impone primero la obligación de instar y de exigir que se abstenga, en función de lo normado en la Ley 26.687, y en caso de renuencia o contumacia podrá aplicar sanciones disciplinarias primero, y en caso de persistencia, se puede aplicar el despido con justa causa como última ratio. La norma requiere la adhesión de cada jurisdicción provincial y rige para el ámbito nacional. En rigor, esta norma pudo haber sido mejor, pero de hecho implica una clara exclusión del cigarrillo dentro de los establecimientos de las empresas, entre otros lugares públicos y privados, y parece ser un buen comienzo para una acción directa que eficiente en procura de la protección de la salud, como uno de los bienes jurídicamente tutelados superlativos junto a la protección de la vida y la integridad psicofísica de toda persona que habite nuestro suelo.
 
Fuente: 
Mail CPCEM-FACPCE



RECONOCIMIENTOS MEDICOS:
Se recuerda al personal de esta Universidad que el Servicio de Reconocimientos Médicos funciona en el horario habitual, en su nueva sede ubicada en el Anexo de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales, sito en Calle San Lorenzo Nº 1552 de la Ciudad de Posadas.
Profesional Médico: Dr. Raúl Quintana
Departamento Administrativo: Lic. Stella Baez Molinas
Linea de telefonía celular: 15655076
Línea de telefonía fija: 430460 . En este caso deberán solicitar se transfiera la llamada al Servicio de R.M. dado que se trata de una línea compartida con otras dependencias que funcionan en el mismo edificio.
Atentamente
Rosa M. Peralta de Pawluszek
Direc. Gral. RR.HH.
Univ. Nac. de Misiones
 
Boletín del Centro de Documentación del Instituto
 Nacional de Formación Docente.
Me dirijo a Uds. al sólo efecto de reenviarle para su conocimiento el 
/*Boletin del Centro de Documentación del Instituto Nacional de 
Formación Docente*/.
Solicitamos tenga a bien difundir la misma en su Unidad Académica.
Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.


Cra. CACERES Susana
Secretaria General Académica



 Boletín de Noticias

martes 7 de septiembre de 2010


       En número...

 Este Boletín es una iniciativa que tiene como objetivo informar sobre 
las actividades del CEDOC y la documentación especializada en relación a 
la formación docente. En cada número profundizamos un tema 
que destacamos prioritario para la formación docente. Por ello llegamos 
a todos los estudiantes y docentes que participan de una u otra manera 
de...

Nota Completa <cedoc.infd.edu.ar/index.cgi?wAccion=news&wid_news=92>;


       Editorial

Con la misión de fortalecer el sistema formador a nivel nacional, el 
INFD puso en marcha un seminario que se propone revisar las nociones y 
problemas clásicos de la comunicación para problematizar la dimensión 
cultural de los procesos tecnológicos y su relación con la formación de 
los niños y adolescentes. ¿Cuáles son las relaciones entre la 
comunicación, las TIC y los...

Nota Completa <cedoc.infd.edu.ar/index.cgi?wAccion=news&wid_news=91>;


       Enlaces temáticos

  En la sección Enlaces en Portales Audiovisuales, podes hallar Videos, 
presentaciones multimedias e imágenes referentes a la comunicación, la 
formación docente  y la utilización en el aula.En la sección 
Bibliotecas digitales destacamos bibliotecas especializadas en 
comunicación educativa.
Así mismo dentro Sección El Centro en Catalogos hemos...

Nota Completa <cedoc.infd.edu.ar/index.cgi?wAccion=news&wid_news=89>;


       Ciudadanía y Formación Docente


Hemos elaborado una serie de recomendaciones para profundizar sobre  los 
medios de comunicación en el aula, cultura mediática y ética en los 
medios de comunicación.
Cultura mediática es la red de relaciones construidas a través de los 
medios de comunicación y de las Tecnologías de Información y 
Comunicación, particularmente de los medios masivos o Mass Media. 
Profundizamos...

Nota Completa <cedoc.infd.edu.ar/index.cgi?wAccion=news&wid_news=85>;


       Videos y entrevistas

En la sección "Recomendaciones : Comunicación y Ciudadanía" 
puedes 
consultar  documentales y entrevistas que responden a la temática : 
"Escuela y medios de comunicaición en la cultura contemporánea" en 
soporte audiovisual y sonoro que tienen como protagonista a expertos de 
la comunicación. Por otra parte ponemos a disposición una reseña 
bibliográfica...

Nota Completa <cedoc.infd.edu.ar/index.cgi?wAccion=news&wid_news=87>;


       Herramientas para la Búsqueda de documentación

¿Cómo buscar información en Internet de forma eficaz y eficiente? Esta 
es la pregunta clave que intentaremos responder en cada boletín, con el 
objetivo de poner a disposición del docente e investigador las fuentes, 
los soportes y las estructuras que faciliten su trabajo autónomo al 
momento de realizar una búsqueda documental en la Web. En este caso 
profundizaremos: Las bases de datos. Los...

Nota Completa <cedoc.infd.edu.ar/index.cgi?wAccion=news&wid_news=88>;


       Enlaces a Comunicación y Educación


Puedes consultar en las Sección Libros electrónicos  y en Revistas 
electrónicas documentación multimedia especializada en en ámbito de la 
Comunicación y Educación para reforzar y apoyar  la 
necesidad de formación de los profesores y profesoras en este ámbito 
educativo de la Educación en Medios de Comunicación.
El CEDOC facilita...

Nota Completa <cedoc.infd.edu.ar/index.cgi?wAccion=news&wid_news=86>;

	


     Sumario

  1. En número... <#nota92>
  2. Editorial <#nota91>
  3. Enlaces temáticos <#nota89>
  4. Ciudadanía y Formación Docente <#nota85>
  5. Videos y entrevistas <#nota87>
  6. Herramientas para la Búsqueda de documentación <#nota88>
  7. Enlaces a Comunicación y Educación <#nota86>

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     Destacado


       Seminarios virtuales
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Ciclo de Formación Enseñar con TIC
En el marco del programa Conectar Igualdad en la Formación Docente 
invitamos a docentes y estudiantes de los dos últimos años de los 
Instituos de Formación Docente a un cliclo de formación absolutamente 
virtual. Los Requisitos son acceso a internet, cuenta de correo 
electrónico activa. Ingresar al campus virtual al menos dos veces por 
semana....


       Actividades del CEDOC
<cedoc.infd.edu.ar/index.cgi?wAccion=news&wid_news=83>;

El Bicentenario nos convoca a fortalecer la gestión de la información 
educativa. El CEDOC se integra al SNIE (Sistema Nacional de Información 
Educativa). En la XXIV Reunión Nacional del Sistema Nacional de 
Información Educativa SNIE, en San Miguel de Tucumán, que se llevará a 
cabo del 8 al 10 de septiembre de 2010, el CEDOC (Centro de 
Documentación) del Instituto Nacional de...